El tribunal reconoció la validez de
lo aprobado por el Congreso, pero apuntó que el decreto no puede aplicarse en el ejercicio del próximo 10 de abril por incumplir la temporalidad establecida en el artículo 105 constitucional:
Modificaciones como las hechas respecto a la propaganda gubernamental deben aprobarse al menos 90 días antes del inicio de los comicios.
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